Diferenciada, significa que las mujeres deben recibir los servicios de atención que necesitan de acuerdo a sus circunstancias específicas y del nivel de riesgo que enfrenta, es decir, que se tome en cuenta su edad (niña, adolescente, adulta, adulta mayor), el tipo o modalidad de violencia que está enfrentando; si es o no discapacitada; si es lesbiana; si proviene del área rural o urbana; si tiene hijas o hijos; si se trata de una mujer que tiene recursos, apoyos o no, etc.
Especializada, quiere decir, que la atención debe ser brindada por personal capacitado sobre violencia basada en género y para la atención a mujeres que la enfrentan. La experticia de las personas en el servicio público debe ser multidisciplinaria, en distintos temas, servicios, ramas científicas, etc.
Por ejemplo si se atiende a una mujer que ha sido víctima de una violación, se deberá garantizar su acceso a servicios integrales de salud física y psicológica, como parte de la atención especializada que se le brinde.