RED DE ATENCIÓN DE SERVICIOS PARA MUJERES QUE ENFRENTAN HECHOS DE VIOLENCIA

Art. 1. Objeto de la ley (Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres).

La LEIV tiene por objeto establecer, reconocer y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, por medio de Políticas Públicas orientadas a la detección, prevención, atención, protección, reparación y sanción de la violencia contra las mujeres; a fin de proteger su derecho a la vida, la integridad física y moral, la libertad, la no discriminación, la dignidad, la tutela efectiva, la seguridad personal, la igualdad real y la equidad.

Las instituciones obligadas en el Art. 25 de la LEIV a detectar, prevenir, atender, proteger, sancionar y reparar los derechos violentados de las mujeres víctimas de violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial, simbólica y política, son las siguientes:

Fiscalia General
de la Republica


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Recibir denuncias de hechos de violencia contra la mujer, a través de la PNC, y Aviso a través de la línea telefónica 911 e investigar judicialmente y aportar pruebas en los tribunales correspondientes

Sitio web de la FGR

Policia
Nacional Civil


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Recibir a la denunciante o víctima en las instalaciones de UNIMUJER ODAC o Aviso vía telefónica en el 911.; Brindar un espacio a la mujer víctima para descansar (máximo 24hs) hasta que se le encuentra alojamiento de emergencia; Apoyar a la Fiscalía en la investigación, compilación de pruebas, captura, etc.

Sitio web de la PNC

Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer

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Orientación a través de la línea telefónica 126; e Intervención psicológica (en crisis, tratamiento, y grupos de apoyo) y; Asesoramiento legal

Sitio web del ISDEMU

Ministerio
de Salud


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Detectar e identificar hechos de violencia; Dar aviso a la Fiscalía General de la República; Aplicar servicios de profilaxis por infecciones (ITS, VIH y anticonceptivos; Protección cuando la mujer corra peligro.

Sitio web del MINSAL

Órgano
Judicial


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Brindar asesoría jurídica; Colaborar en la recepción de la denuncia; Informar a la PNC sobre las denuncias que se encuentran en término de flagrancia y; Realizar las coordinaciones necesarias en aquellos casos en que la mujer requiera alojamiento de emergencia para su protección.

Sitio web del Órgano Judicial

Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos

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Asesoría jurídica, acompañamiento en los tramites judiciales, recibir denuncias y referirlas, atención psicológica, gestión de alojamiento y protección.

Sitio web de la PDDH

Ciudad
Mujer

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Prevención de la violencia, fortalecimiento de la autonomía física, económica y en la toma de decisiones de las mujeres víctimas de violencia.

Sitio web de Ciudad Mujer

Medicina
Legal

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Atención en crisis, médica, proveer tratamiento retro-viral, acompañamiento interno y gestión de alojamiento para su protección.

Sitio web de Medicina Legal

Procuraduría General
de la Republica

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Asesorar legalmente a las mujeres victimas de violencia; Redactar la denuncia para presentarla en Fiscalía o en el Juzgado y Gestionar judicialmente la asignación de una cuota alimenticia de las mujeres que denuncian la violencia

Sitio web de la PGR